Por prudencia y porque así lo establece la Ley Ley N° 19824, la Dirección de Tránsito y Transporte se encuentra instalando señalética para concientizar a los conductores en el respeto del 1.5 metro de distancia entre el ciclista y automóvil, cuando los van a rebasar, con el objetivo que la maniobra sea segura para todas las personas.
Todos los ciclistas están obligados a cumplir y seguir las normas viales del mismo modo que el resto de usuarios de la vía. Estas mismas leyes establecen también una serie de derechos a los usuarios de las bicicletas, entre los que cabe destacar en primer lugar la distancia lateral mínima de seguridad para efectuar un adelantamiento: cualquier vehículo que vaya a rebasar a un ciclista debe guardar 1,5 metros a la hora de adelantarlo.
La seguridad vial es un compromiso de todos aquellos que emplean las calles y carreteras para desplazarse, bien sea a pie, en coche, en moto o en bicicleta. Y para garantizar una movilidad segura y sostenible es imprescindible establecer una base de respeto y tolerancia entre los distintos agentes que utilizan la vía.
La ley 19824 dice:
Artículo 9: Todo ciclista o motociclista tiene derecho al pleno uso de un carril. Podrán circular en grupos de a dos en fondo, dentro del mismo carril.
Con información de Rocha al día.